Síntesis Ley de Cambio Climático y Transición Energética

1.     Aprobación y modificaciones

La Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico ha aprobado con competencia legislativa plena el Proyecto de Ley de cambio climático y transición energética, que será remitido al Senado donde continuará su tramitación parlamentaria sin necesidad de pasar previamente por el Pleno del Congreso.

Los miembros de la Comisión, reunida este jueves 8 de abril, desde las 10:00 horas, han dado luz verde al dictamen por 22 votos favorables, 5 en contra y 10 abstenciones. Este texto incluye el Informe de la Ponencia, modificado con las enmiendas acordadas en Comisión.

2.     Metas 2030

La norma fija una serie de metas concretas para esta década y un sistema de revisión al alza de esos objetivos para cumplir con el Acuerdo de París. La primera de esas revisiones se deberá realizar en 2023. Estos son los principales objetivos fijados en la ley para 2030:

  • Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en, al menos, un 23% respecto a las de 1990.
  • Alcanzar una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42% (frente al cerca del 20% actual).
  • Alcanzar un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable (frente al 40% de este momento).

3.     Puntos Clave

1) VEHÍCULOS A MOTOR. A partir del 2040 no se podrán vender turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos (siempre que no sean destinados a usos comerciales) que emiten CO2 (dióxido de carbono). El objetivo final es lograr en 2050 «un parque de turismos y vehículos comerciales ligero sin emisiones directas de CO2».

2) PLANES DE ACCIÓN. La ley crea dos grandes herramientas de gobernanza del clima y la energía. Son los planes integrados de energía y clima (PNIEC) y la Estrategia de Descarbonización a 2050. La primera meta es reducir las emisiones de gases invernadero un 23% para el 2030 respecto a 1990, aunque esta meta puede actualizarse al alza en 2023.

3) RENOVABLES, AUTOCONSUMO  Y PRODUCTORES. En el 2030, las energías limpias deberán alcanzar al menos el 42% en el consumo final de energía y aportar el 74% del sistema eléctrico.

4) COSTAS LIBRES DE PETRÓLEO. «No se otorgarán nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional, incluyendo el mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental». De esta medida «quedan excluidas las solicitudes de concesión de explotación asociadas a un permiso de investigación vigente que se encuentren en tramitación antes de la entrada en vigor de esta ley».

5) FRACTURA HIDRÁULICA, NO AL FRACKING. Una vez que la ley esté operativa tampoco se otorgarán nuevas autorizaciones en el territorio español para actividades de explotación de hidrocarburos donde esté previsto el uso de la fractura hidráulica de alto volumen, conocido como «fracking».

6) ADIÓS A LA MINERÍA DE URANIO. A partir de la aprobación de la ley, “no se admitirán nuevas solicitudes para el otorgamiento de permisos de exploración, permisos de investigación o concesiones directas de explotación, ni sus prórrogas” de minas o minerales radiactivos.

7) ADIÓS AL CARBÓN. Se recoge el cese de la producción de carbón nacional. No se otorgaran nuevas autorizaciones de exxplotación, permisos, concesiones o prorrogas de los recursos de carbón en España.

8) ZONAS DE BAJAS EMISIONES. El texto avala las zonas de bajas emisiones en las ciudades de más de más de 50.000 habitantes para el 2023, con el fin de reducir la contaminación atmosférica y las emisiones de CO2. Las zonas de bajas emisiones serán exigibles a también a los municipios de más de 20.000 habitantes si su calidad de aire es deficiente.

9) REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS. Una vez aprobada la ley, en seis meses, el Gobierno debe presentar un plan de rehabilitación de viviendas. Los materiales utilizados en la rehabilitación de los edificios deberán tener la menor huella de carbono posible a fin de disminuir las emisiones totales.

10) FERROCARRIL. El Gobierno deberá promover una ley de movilidad sostenible y financiación del transporte público, y en ella se fijarán objetivos de penetración del ferrocarril en el transporte de mercancías en distancias superiores a los 300 kilómetros.

11) ENERGIA Y ESPACIOS NATURALES. «El despliegue de las energías renovables debe llevarse a cabo de manera compatible con la conservación del patrimonio natural y la adecuada ordenación territorial. Para ello, perseguirá revertir parte de la riqueza que genera en el territorio para activar su economía y combatir el declive demográfico».

12) SUMIDEROS Y SECTOR FORESTAL. Se recoge la necesidad de incentivar la participación de los propietarios y gestores públicos y privados, especialmente los del sector agrario y forestal en el aumento de la capacidad de captación de CO2 de los sumideros de carbono. También se  fomentarán los productos forestales de los montes y se apoyará la bioeconomía como motor de desarrollo del mundo rural, dicen algunos de los nuevos artículos incorporados.

13) LA DIETA, A ESCENA. Los contratos públicos podrán fijar condiciones especiales que “primen los alimentos frescos o de temporada, y con un circuito corto de distribución”, para reducir emisiones de gases.

14) RECARGA ELÉCTRICA. Se regula la instalación de red de puntos de recarga eléctrica. La ley introduce obligaciones de instalación de infraestructuras de recarga eléctrica en las estaciones de servicio de todo el país (el 10% de la red). Esta infraestructura de recarga deberá tener una potencia igual o superior a 150 kW o a 50kW (dependiendo del volumen de ventas). A partir del 2023 todos los edificios que no estén destinados a uso residencial y con más de 20 plazas de aparcamiento deberán tener esta infraestructura de recarga.

15) PROTEGER LA COSTA. La planificación en la costa deberá tener en cuenta los efectos del cambio climático y la subida del mar sobre el litoral (siguiendo los criterios establecidos en la Estrategia de Adaptación de la Costa a los Efectos del Cambio Climático). Los plazos de duración de la ocupación del dominio público marítimo-terrestre y sus prórrogas no deberá prolongarse más allá del período previstos en la ley de Costas (1988 y 2003); y serán “nulos de pleno derecho los actos administrativos dictados en incumplimiento de lo previsto en este artículo de la ley” (el art 18).

16) ANTICIPAR LOS RIESGOS. Las grandes empresas, las entidades financieras y aseguradoras deben elaborar cada año informes sobre los riesgos para su actividad derivados «de la transición hacia una economía sostenible y las medidas para hacer frente a dichos riesgos». El Banco de España, la Comisión Nacional de Mercado de Valores y Fondos de Pensiones deberán presentar cada dos años un informe conjunto para evaluar el grado de alineamiento del sector financiero con las metas de Acuerdo de París.

17) CONTRIBUCIONES DE GRANDES EMPRESAS. Las grandes empresas (del Estado o que cuentan con una participación accionarial estatal) también deberán contar con planes de acción climática. En concreto, «deberán elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero». Deberán calcular y publicar los informes sobre sus emisiones de gases invernadero (huella de carbono). El Gobierno concretará en el plazo de un año que tipología de empresas estarán implicadas. Ese plan de reducción deberá incluir “un objetivo cuantificado de reducción en un horizonte temporal de cinco años, junto con medidas para su consecución”.

18) SUBSIDIOS Y DESINVESIÓN. Los beneficios fiscales que reciben ahora los productos energéticos de origen fósil deberá estar debidamente justificados por motivos de interés social, económico o atendiendo a la inexistencia de alternativas tecnológicas.

Se elaborará un estudio sobre el estado de situación y una propuesta de calendario para la desinversión en productos energéticos de origen fósil por parte de la Administración General del Estado

19) INGRESOS POR LAS SUBASTAS DE LOS DERECHOS DE EMISION. Estos ingresos serán empleados para el cumplimiento de los objetivos en materia de cambio climático y transición energética. Los presupuestos del Estado destinarán al sistema eléctrico al menos 450 millones de euros para financiar los costes referidos a fomento de energías renovables. Se podrá destinar hasta el 30% de los ingresos totales a medidas con incidencia social para paliar situaciones provocadas por la transición hacia una economía descarbonizada, o relacionadas con la vulnerabilidad a los impactos del cambio climático.

20) COMITE DE EXPERTOS. El Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética es el órgano responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas y medidas de energía y cambio climático, incluidas las normativas. Cada año elaborará un informe para su debate en el Congreso de los Diputados. Las comunidades autónomas deberán informar de sus planes de energía y clima a partir del 31 de diciembre de 2021.

21) ASAMBLEA CIUDADANA DE CAMBIO CLIMÁTICO.   La Ley finalmente recoge la creación de una Asamblea Ciudadana del Cambio Climático a nivel nacional y recomienda que se creen asambleas autonómicas. Este es un mecanismo de participación prometido por el Gobierno en su constitución pero que hasta ahora no se ha materializado. Este ha sido una de las reivindicaciones de Extintion Rebellion.

22) EDUCACIÓN AMBIENTAL. Se promueve la inclusión de la educación ambiental en los currículos y la apuesta por la capacitación en los empleos del futuro vinculados a una economía baja en carbono. Se establece que el Gobierno promoverá una financiación adecuada de las prioridades en materia de investigación, desarrollo e innovación sobre cambio climático y transición energética.

23) ADAPTACIÓN. El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático es el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente frente a los efectos del cambio climático. Debe actualizarse cada cinco años. El citado plan define los objetivos, criterios, ámbitos de aplicación y acciones para fomentar la resiliencia y la adaptación.

RECURSOS.

https://elpais.com/clima-y-medio-ambiente/2021-04-08/las-medidas-mas-importantes-de-la-nueva-ley-de-cambio-climatico.html?outputType=amp
https://www.lavanguardia.com/natural/cambio-climatico/20210408/6635930/congreso-punto-aprobar.html
https://www.congreso.es/web/guest/notas-de-prensa?p_p_id=notasprensa&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_notasprensa_mvcPath=detalle&_notasprensa_notaId=39330
https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/proyecto-de-ley-de-cambio-climatico-y-transicion-energetica.aspx
https://www.lavanguardia.com/cultura/20210416/6930623/muere-helen-mccrory-peaky-blinders-actriz.html

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